jueves, 24 de noviembre de 2011

Este martes entra en vigencia Ley de costos y precios justos

Se comenzará por la supervisión de los alimentos y artículos de cuidado personal

La Ley de Costos y Precios Justos se aplicará por etapas con la finalidad de abarcar a todos los sectores de la economía, ratificó la semana pasada el ministro del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias, Ricardo Menéndez.
En una primera fase se revisarán los gastos de las empresas de productos alimenticios regulados y en febrero se fiscalizará el sector de medicamentos, aseguró el intendente de Costos y Precios Justos, William Contreras.
El instrumento legal, publicado en Gaceta Oficial Nº 39.715, de fecha lunes 18 de julio de 2011, establece las regulaciones, así como los mecanismos de administración y control necesarios para mantener la estabilidad de precios y propiciar el acceso a los bienes y servicios a toda la población en igualdad de condiciones.
A partir de la publicación del reglamento de la Ley el 17 de noviembre de 2011, en la Gaceta Oficial numero 39.802, la Superintendencia Nacional de Costos y Precios Justos será el ente rector en materia de fiscalización de precios, tanto de bienes como de servicios.
El organismo “asumirá progresivamente las competencias que en materia de fijación de precios tienen atribuidas otros órganos”. El reglamento de la Ley de Costos y Precios Justos establece que se prevé un lapso no mayor a 90 días hábiles para la adecuación del instrumento y afinar los mecanismos de supervisión.
Tanto el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis) como el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) colaborarán con el organismo que tiene la responsabilidad de velar por la estabilidad de los precios.
Las inspecciones y fiscalizaciones serán desempeñadas por la superintendencia con cooperación del Seniat y el Indepabis, “con quienes se establecerán mecanismos para la rendición de cuentas de los resultados de su actuación, en cumplimiento de la disposición de la Ley”, establece la normativa legal.
El reglamento también establece las disposiciones y requisitos necesarios para inscribirse en el Registro Nacional de Precios y Bienes y Servicios.